¿Qué es una traducción oficial?


Una traducción oficial es una traducción realizada por un traductor oficial inscrito ante el Ministerio de Relaciones Exteriores

A diferencia de las traducciones no oficiales, se recomienda que las traducciones oficiales lleven, como mínimo, los siguientes elementos:
  • Encabezado de "Traducción oficial"
  • Número consecutivo que corresponde a las traducciones oficiales realizadas por el traductor.
  • Sello del traductor oficial en el que figura el nombre completo del traductor, el número de Resolución expedido por el Ministerio de Justicia, año de expedición de dicha resolución e idiomas de trabajo.
  • Firma del traductor en la última página, o, al menos, las iniciales del traductor cuando el documento es voluminoso.
  • Mención de los sellos de legalizaciones y, en particular, el expedido por el Ministerio de Relaciones Exteriores. 


Documento que proviene del exterior

El traductor realiza la traducción de un documento expedido en otras lenguas que proviene del exterior (patente, poder, expediente de adopción, etcétera) y que debe ser registrado en Colombia (Cámara de Comercio, Notarías, ICBF, Superintendencia de Industria y Comercio, etcétera).

Este debe ser legalizado por el Cónsul de Colombia del país de origen del documento y posteriormente, en Bogotá, la oficina de Legalizaciones del Ministerio de Relaciones Exteriores reconoce o legaliza la firma del cónsul o funcionario encargado.

Una vez legalizada la firma del cónsul, se procede a la traducción.



Documento que va al exterior

Según Resolución No. 2201 del 22 de julio de 1997 y del Código de Procedimiento Civil, para que un documento expedido en Colombia surta efectos legales en el exterior debe ser legalizado por el Ministerio de Relaciones Exteriores antes de su traducción. Es decir que el Ministerio reconocerá la firma de la persona que expidió el documento y según la naturaleza del documento, éste tendrá que pasar por una o varias legalizaciones de las firmas o reconocimientos de las instituciones, antes de llegar al Ministerio de Relaciones Exteriores.


Sólo cuando el documento es debidamente legalizado por el Ministerio de Relaciones el(la) traductor(a) procede a la elaboración de la traducción.

La traducción oficial se presenta ante el Ministerio de Relaciones Exteriores de Colombia de Colombia para legalización de la firma del traductor(a).

El paso siguiente será la legalización de la traducción y del documento original ante la embajada o consulado del país en Colombia que corresponda.

La Apostilla permite obviar este paso en el caso de los países signatarios de la Convención de la Haya puesto que el documento apostillado se convierte en un documento público que debe ser admitido en cualquier instancia de los países signatarios.


Nota: El traductor no debe sellar el original.




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Milan Tomic

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